El objetivo de este programa es la concesión de ayudas para financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o incrementar la velocidad de los ya contratados para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables.
Está financiado a través de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU con cargo a la inversión 3 del componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El servicio lo prestan los operadores que voluntariamente solicitan participar en el Programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables.
– AIRSIP TELECOMUNICACIONES SL
– CABLE AIREWORLD SA
– CREVINET FIBRA SL
– ENERGY CONSULTING ALBIR SL
– EURONA (QUANTIS GLOBAL SL)
– REDI FOR YOU (IBÉRICA DE REDES SL)
– MASMOVIL (XFERA MOVILES SAU)
– NETWORK FIBRA VALENCIANA SL
– O2 (TELEFÓNICA)
– LOWI (VODAFONE)LOWI
Es una ayuda destinada a financiar el servicio de acceso a internet en el domicilio habitual. Consiste en:
– Ayuda mensual para financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados. Incluye exclusivamente el acceso a internet fijo, no móvil.
– El período máximo de la ayuda es de 12 meses desde su contratación con el operador elegido por la persona beneficiaria.
El acceso a internet al que van dirigidas las ayudas deben cumplir las siguientes características:
• Ubicación fija (no incluye acceso a Internet móvil).
• Velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente en condiciones de hora punta.
• Tecnología más adecuada al contexto de la persona beneficiaria.
Lo pueden solicitar las personas o unidades familiares identificadas como vulnerables. Se entiende por vulnerable, las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones:
– Estar empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana.
– La vivienda en la que se va a instalar la conexión deberá ser la residencia habitual de la persona solicitante.
– Pertenecer a un colectivo vulnerable: Personas que tengan reconocida la prestación de Renta Valenciana de Inclusión, en cualquiera de sus modalidades, en la fecha de la solicitud; o personas que tengan reconocida la prestación de Ingreso Mínimo Vital, en cualquiera de sus modalidades, en la fecha de la solicitud.
La cuantía del bono es de un máximo de 240€ a repartir en doce mensualidades, cada una de ellas de 20€.
Se trata de una bonificación mensual de 20 euros sobre el precio final (IVA incluido) de la factura emitida: exclusivamente sobre el acceso a internet.
Importante. La cuantía del bono se transfiere al operador que presta el servicio por lo que, al cliente, se le aplica directamente la bonificación que será reflejada en la factura.
La duración máxima es de 12 meses desde la contratación del servicio con el operador seleccionado.
Importante. Finalizado el período de disfrute del bono, el operador que ofrece el servicio se compromete a seguir prestando los servicios contratados por el cliente durante al menos un año en las mismas condiciones. Lo que no incluye la aplicación de la bonificación, pero sí las tarifas especiales establecidas en el contrato.
Sólo se puede solicitar un bono digital por persona física y por unidad de convivencia. Se considera unidad de convivencia la formada por el conjunto de personas que están empadronadas en una misma vivienda en el momento de la solicitud, existan o no lazos familiares entre ellas.
La ayuda se puede solicitar hasta el 31/07/2023. Puede hacerse de dos formas:
a) de manera PRESENCIAL:
– En los oficinas de asistencia en materia de registros como las oficinas PROP (Castellón Hermanos Bou: Av. Hermanos Bou, 47 – 12003 / Castellón, Casa dels Caragols: C. Mayor, 76 – 12001)
– En el registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, Administración de los Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos o en los entidades que integran la Administración Local o en cualquier organismo o entidad del sector público institucional que funcionan como “ventanilla única”.
– En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
b) de manera TELEMÁTICA: se realizará a través del prodecimiento https://www.gva.es/proc22532, para lo cual será necesario contar con certificado electrónico.
La persona solicitante, en el momento de cumplimentar la solicitud, debe establecer una selección, por orden de preferencia, de como máximo tres operadores con las que está dispuesta a contratar el servicio subvencionado. Esta primera selección, servirá a modo orientativo, la persona interesada deberá ponerse en contacto con el operador de su elección para verificar que efectivamente puede darle servicio en su domicilio.
Más información en:
https://innova.gva.es/es/web/brecha-digital/sol-licitud-bono-digital
Teléfono: 960 99 25 95 (Horario de 9 a 15h, de lunes a viernes) / bono_digital@gva.es
O a la oficina de información sobre Fondos Europeos del Ayuntamiento de Borriol; pueden solicitar cita previa mediante:
Teléfono: 674641780
Correo electrónico: daniel.bernat@borriol.es